Los derechos de Autor pertenecen a
cada artista individual como esta
establecido en el
Decreto No.
22-2000 Reglamento de la Ley de Derechos de Autor y Conexos
"El goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Ley de Derechos
de Autor y Derechos Conexos no
est�n subordinados al cumplimiento
de ninguna formalidad y, en
consecuencia, el registro y dep�sito
del Derecho de Autor y Derechos
Conexos es meramente facultativo y declarativo, no constitutivo de
derechos. Las obras no registradas, ni publicadas quedan protegidas
desde su creaci�n."
"ART�CULO 42. Artes Pl�sticas.-
Si se trata de obras de artes pl�sticas, tales como cuadros,
esculturas, pinturas, dibujos grabados, obras fotogr�ficas y las
producciones por procedimiento an�logo a la fotograf�a, adem�s de lo
establecido en el Arto.38 del presente Decreto los datos
descriptivos que faciliten su identificaci�n, de tal manera que
pueda diferenciarse de obras de su mismo g�nero, y de encontrarse
exhibida permanentemente, publicada o edificada, seg�n corresponda,
el lugar de su ubicaci�n o los datos atinentes a la publicaci�n.
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